Lesiones ferroviarias en virtud de la Ley Federal de Responsabilidad Civil del Empleador (FELA)

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Hall y Lampros es un bufete de abogados especializado en Georgia que comprende cómo una lesión ferroviaria puede trastornar su vida. Es posible que se enfrente a lesiones físicas graves, angustia emocional, facturas médicas abrumadoras y pérdida de ingresos. Nuestro equipo está aquí para ayudarte a superar este momento difícil y volver a encarrilar tu vida.

Los accidentes pueden ocurrir cuando menos lo espera, y es fundamental contar con alguien de su lado que comprenda las complejidades de las lesiones ferroviarias en virtud de la Ley Federal de Responsabilidad Civil del Empleador (FELA). Nuestros abogados con experiencia en Georgia se comprometen a hacer responsables a los culpables, asegurándose de que usted obtenga la indemnización que se merece.

Esta página describe cómo nuestros abogados en Georgia pueden intervenir para ayudarle, asegurándose de que reciba la justicia y la estabilidad financiera que necesita en todo el área metropolitana de Atlanta. Si usted o un ser querido ha resultado lesionado en un accidente ferroviario, póngase en contacto con Hall & Lampros. Estamos aquí para ayudarle en cada paso del camino.

Contacto Hall & Lampros, S.A.R.L.

404-876-8100

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Bufete de abogados especializado en accidentes ferroviarios que presta servicios en todos los tribunales de Georgia

Hall & Lampros es un bufete de abogados Georgia que entiende cómo una lesión ferroviaria puede trastornar su vida. Es posible que esté lidiando con lesiones físicas graves, confusión emocional, gastos médicos significativos y pérdida de ingresos. Hall & Lampros puede formar parte del equipo que le ayude a recuperar el rumbo de su vida.

Como firma comprometida con ayudar a las personas afectadas por accidentes ferroviarios, Hall & Lampros comprende la complejidad de los casos sujetos a la Ley Federal de Responsabilidad Civil del Empleador (FELA). Ubicada en 300 Galleria Pkwy, Suite 300, Atlanta, GA 30339, estamos aquí para ayudarle. Si usted o un familiar ha sufrido una lesión ferroviaria debido a la negligencia de otra persona, comuníquese con Hall & Lampros llamando al 404-876-8100 para programar una consulta.

Reseña reciente:

“¡Gordon Van Remmem y Aimie Ingram son de primera categoría! Profesionales, expertos y rápidos en responder a cualquier pregunta o inquietud. Estamos muy satisfechos con la forma en que manejaron nuestro caso., Ayudaron a convertir una situación estresante en una experiencia agradable de principio a fin. En el pasado hemos contratado a otros abogados de renombre, ¡pero ninguno de ellos ha conseguido resultados como los de estos chicos! ¡Gracias por su arduo trabajo y dedicación a nuestro caso!“ – Brian P.
Opinión verificada por Google


Se recuperan decenas de millones en nombre de los trabajadores ferroviarios

Los abogados de Hall & Lampros han recuperado decenas de millones de dólares en nombre de trabajadores ferroviarios lesionados en virtud de la Ley Federal de Responsabilidad Civil del Empleador (FELA) en Georgia, Tennessee, Florida, Virginia Occidental, Alabama, Carolina del Norte, Carolina del Sur, Virginia y Kentucky.

Hemos representado con éxito a trabajadores ferroviarios en relación con sus lesiones en colisiones de trenes y lesiones causadas por apisonadoras, retroexcavadoras, excavadoras, reguladores de balasto, plumas, cargadoras, vagones, acopladores, clavadoras, cambios de vía y mangueras de aire defectuosos o mal utilizados. También hemos litigado casos relacionados con acciones inseguras, empujones inversos inseguros (49 CFR §220.49), defectos en los dispositivos de seguridad, violaciones del “tiempo de descanso” y balasto inseguro.

Entendemos el manejo adecuado del tren, incluyendo las regulaciones de velocidad, el uso de la bocina y el uso de los frenos (dinámicos, automáticos, independientes y de emergencia).

Entendemos las obligaciones indelegables del ferrocarril, entre las que se incluyen las de proporcionar el equipo adecuado y el mantenimiento de las vías, el mantenimiento de los cruces, lugares de trabajo seguros y bien iluminados, y sesiones informativas sobre seguridad en el trabajo.

Estamos muy familiarizados con el análisis de los registradores de eventos y, en todos los casos, buscamos la conservación inmediata de los registradores de eventos, RailView y otras grabadoras de video de locomotoras, comunicaciones de los despachadores, accesorios de vagones, composiciones de trenes y análisis de las causas fundamentales.

Hemos litigado con éxito en virtud de la ley FELA. muerte por negligencia, amputaciones, parálisis y otros casos de discapacidad total y parcial, y asesoramos a los trabajadores ferroviarios en relación con las prácticas y procedimientos de la Junta de Jubilación Ferroviaria. También nos enorgullece representar a los trabajadores ferroviarios en casos de tiempo perdido y acciones de denuncia de irregularidades. Hemos ganado casos contra CSXT, Norfolk Southern, Florida East Coast Railway y otros.

Por qué necesita un abogado con experiencia en FELA para un accidente ferroviario:

Las reclamaciones ferroviarias son complejas porque implican prácticas y procedimientos ferroviarios complejos, regulaciones y estatutos federales complejos, y condiciones de trabajo y equipos peligrosos que son exclusivos de la industria ferroviaria.

La Suprema ha reconocido el peligro de pedir a abogados sin formación en FELA que se ocupen de casos relacionados con esta ley:

Los trabajadores lesionados o sus familias a menudo eran víctimas, por un lado, de persuasivos ajustadores de siniestros deseosos de obtener un acuerdo rápido y barato *4 para sus empleadores ferroviarios o, por otro, de abogados que o bien no eran competentes para llevar estos juicios contra los hábiles y experimentados abogados de las compañías ferroviarias, o bien estaban demasiado dispuestos a llegar a un acuerdo para obtener dinero rápido.

Bhd. of R. R. Trainmen contra Virginia ex rel. Va. State B., 377 U.S. 1, 3–4 (1964). Los abogados de Hall & Lampros han recuperado millones;

  • Acuerdo confidencial sobre lesión por parálisis de un trabajador ferroviario
  • Acuerdo confidencial FELA sobre la amputación de un trabajador ferroviario
  • Acuerdo confidencial para un ferroviario de Georgia que padece cáncer de pulmón por amianto.
  • Veredicto de $2,905 millones por lesiones de espalda de un trabajador ferroviario.
  • Veredicto del jurado de $2,56 millones contra una importante empresa ferroviaria por un conductor que sufrió un desgarro del manguito rotador y un trastorno de estrés postraumático (TEPT) relacionado con la lesión.
  • Veredicto del jurado de $1,4 millones contra una importante empresa ferroviaria por un conductor que sufrió una lesión en la espalda como consecuencia de un descarrilador defectuoso.
  • $1.0 millón de dólares en una sentencia por una demanda FELA para un ferroviario que sufrió una lesión en la rodilla.
  • Acuerdo de $900 000 dólares para un conductor ferroviario de Tennessee lesionado debido a una infracción de la Ley de Dispositivos de Seguridad.
  • $900 000 dólares de indemnización FELA para un ferroviario que sufrió una lesión en el cuello.
  • Acuerdo de 151,851,000 pesos en nombre de un trabajador ferroviario que sufrió una fractura pélvica en una colisión de trenes.
  • Acuerdo de $675,000 para un ferroviario por una lesión en la pierna debido a un cambio defectuoso en la estación.
  • Acuerdo de $500 000 para un ferroviario que se lesionó el pie en un accidente en una estación industrial.
  • $450 000 dólares de indemnización para un ferroviario por lesiones en la espalda tras la colisión de dos trenes de mercancías.
  • $450 000 dólares de indemnización para un ferroviario que se lesionó la espalda en un cambio de agujas defectuoso.
  • Acuerdo de $400,000 para un ferroviario que sufrió daños pulmonares permanentes debido a la exposición al asbesto.
  • Acuerdo de $307,500 para un ferroviario por una lesión en el hombro debido a una palanca de freno defectuosa.
  • Acuerdo de $280,000 para un ferroviario que sufrió una lesión en el hombro por una manguera de aire defectuosa.
  • $250 000 dólares de indemnización FELA para un trabajador ferroviario lesionado mientras apretaba un freno de mano.
  • Acuerdo de $250,000 por lesiones en el cuello sufridas por un trabajador de mantenimiento de vías debido a un regulador de balasto defectuoso.

¿Qué es la FELA?

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En 1908, el Congreso aprobó la Ley Federal de Responsabilidad Civil de los Empleadores (FELA) en respuesta a las miles de muertes y lesiones laborales de los trabajadores ferroviarios a finales del siglo XIX y principios del XX. Esta legislación federal especial se promulgó para garantizar a los empleados ferroviarios un lugar de trabajo seguro y otorgarles a ellos y a sus familias el derecho a recibir una indemnización en caso de sufrir un accidente relacionado con el ferrocarril. En virtud de esta ley, los empleados lesionados pueden solicitar una indemnización por pérdida de salario, pérdida de salario futuro, gastos médicos y tratamientos, daños y perjuicios, y discapacidad parcial o permanente. Si un empleado fallece en el trabajo, los sobrevivientes tienen derecho a recibir una indemnización por la muerte.

En virtud de la FELA, las empresas ferroviarias tienen la obligación de proporcionar a sus empleados lugares de trabajo seguros. También deben proporcionarles formación adecuada, equipos y herramientas seguros, y condiciones de trabajo adecuadas.

Si alguna empresa ferroviaria no toma estas medidas de seguridad, o si el empleado resulta lesionado por negligencia de otro empleado, la empresa ferroviaria será considerada responsable: deberá responder ante el trabajador por cualquier lesión o daño que este pueda sufrir como consecuencia.

La FELA indemniza a los trabajadores que sufren lesiones debido a:

  • Negligencia por parte del ferrocarril, sus directivos, empleados o subcontratistas.
  • Incumplimiento por parte del ferrocarril de proporcionar un lugar de trabajo seguro, herramientas, equipos o aparatos seguros.
  • Infracción de los requisitos de la Ley de Dispositivos de Seguridad, la Ley de Inspección de Locomotoras y Calderas, la Ley Federal de Seguridad Ferroviaria, las Normas Federales de Seguridad de Locomotoras, la Ley de Frenos de Potencia, las horas de servicio y las regulaciones de la OSHA.

La FELA da derecho a los trabajadores ferroviarios a recuperar daños y perjuicios por pérdida de salarios (incluidos los salarios futuros), dolor y sufrimiento, ansiedad mental, discapacidad parcial y permanente, y gastos médicos pasados y futuros relacionados con las lesiones del trabajador.

El criterio de causalidad mínima

La Suprema Corte ha dictaminado que las compañías ferroviarias son responsables de las lesiones sufridas por los trabajadores, incluso si estas se deben a la más mínima negligencia:

Dada la “amplia” formulación de la causalidad en la FELA, Urie contra Thompson, 337 U.S. 163, 181, 69 S.Ct. 1018, 93 L.Ed. 1282, y los ’objetivos humanitarios“ y ”reparadores“ del Congreso al promulgar la ley, el criterio de causalidad de la FELA es ”más flexible“ en comparación con el aplicable en los litigios por responsabilidad civil extracontractual del common law., Consolidated Rail Corporation contra Gottshall, 512 U.S. 532, 542–543, 114 S.Ct. 2396, 129 L.Ed.2d 427. Rogers describió ese criterio flexible como “si las pruebas justifican con razón la conclusión **2633 de que la negligencia del empleador influyó, aunque fuera mínimamente, en la lesión o muerte por la que se reclaman daños y perjuicios”. 352 U.S., en 506, 77 S.Ct. 443.

CSX Transp., Inc. contra McBride, 564 U.S. 685 (2011)

Responsabilidad objetiva

La Ley FELA, la Ley de Dispositivos de Seguridad y la Ley de Inspección de Locomotoras y Calderas, así como otras leyes y reglamentos:

La FELA impone responsabilidad objetiva cuando un empleado sufre lesiones debido al incumplimiento por parte de una empresa ferroviaria de la Ley de Dispositivos de Seguridad, la Ley de Inspección de Locomotoras (anteriormente Ley de Inspección de Calderas), la Ley Federal de Seguridad Ferroviaria, las Normas Federales de Seguridad de Locomotoras y todas las Normas de Seguridad del Departamento de Transporte. En virtud de la responsabilidad objetiva, el tribunal no reducirá la indemnización aunque exista negligencia contributiva por parte del empleado lesionado. La responsabilidad objetiva hace que la negligencia contributiva sea irrelevante.

Además de la FELA, los trabajadores ferroviarios están protegidos por:

  • La Ley Federal de Seguridad en los Transportes responsabiliza a las compañías ferroviarias de las lesiones (independientemente de la negligencia) causadas por acopladores defectuosos, barras de sujeción, escaleras o peldaños inseguros y frenos de mano y neumáticos defectuosos.
  • La Ley Federal de Inspección de Locomotoras y Calderas responsabiliza a las compañías ferroviarias (independientemente de que haya habido negligencia) de las lesiones causadas por determinados defectos y condiciones peligrosas en las locomotoras.

Daños y perjuicios en virtud de la FELA

Muchos trabajadores ferroviarios creen que su derecho a recibir una indemnización por lesiones relacionadas con el trabajo se rige por las leyes de indemnización laboral, que solo prevén una indemnización por el tiempo perdido y los salarios no percibidos. Sin embargo, en realidad, los ferroviarios lesionados están protegidos por la FELA, que les da derecho a recibir mucho más que el tiempo perdido o los salarios no percibidos.

La FELA otorga a los ferroviarios lesionados el derecho a demandar a su empleador y obtener una indemnización por daños y perjuicios por:

  • Salarios perdidos, tanto pasados como futuros
  • Gastos médicos no cubiertos por la compañía ferroviaria.
  • Indemnización por el dolor, el sufrimiento y la pérdida de los placeres de la vida, tanto pasados como futuros.
  • Cualquier cicatriz o desfiguración.

Nuestra capacidad para representarle ha quedado demostrada a lo largo de los años. Puede confiar en nosotros cuando llame al 404-876-8100.

La FELA otorga a los trabajadores ferroviarios el derecho a que sus reclamaciones sean resueltas por un jurado.

La FELA no ofrece indemnización a menos que la empresa ferroviaria haya sido responsable de alguna manera de causar la lesión. A diferencia de las leyes de indemnización laboral sin culpa, la FELA exige pruebas de que la empresa ferroviaria fue negligente o de que una condición defectuosa en la propiedad o el equipo ferroviario contribuyó al accidente.

Estatuto de limitaciones

El plazo de prescripción según la FELA es generalmente de tres (3) años. Esto significa que la demanda debe iniciarse dentro de los tres (3) años siguientes a la fecha del accidente.

El plazo de prescripción para determinadas enfermedades profesionales (por ejemplo: asbestosis, síndrome del túnel carpiano, cáncer de pulmón) en las que no está claro cuándo se produjo la “lesión” es de tres (3) años a partir del momento en que se descubre la enfermedad y se determina que fue causada por la profesión ferroviaria.

Enfermedades profesionales: cáncer de pulmón, mesotelioma, mieloma múltiple (cáncer de huesos) y leucemia. Existen exposiciones ocupacionales en el ferrocarril que pueden provocar el desarrollo de cáncer de pulmón, mesotelioma, mieloma múltiple (cáncer de huesos), leucemia y otras enfermedades. Incluso si ya ha presentado y resuelto una reclamación por amianto u otra reclamación ocupacional en el pasado, es posible que aún pueda presentar reclamaciones por estas enfermedades, si se le han diagnosticado en los últimos tres (3) años.

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Qué hacer si te lesionas

OBTENGA DE INMEDIATO Tratamiento médico: Obtenga la mejor atención médica posible a través de sus propios médicos. La empresa ferroviaria no tiene derecho a que la dirección esté presente cuando el médico le esté tratando.

INMEDIATAMENTE Informe del accidente a su supervisor: aunque crea que no está lesionado, informe del incidente. Si espera, la empresa ferroviaria podría acusarle de no informar de un accidente o, posiblemente, de falsificarlo.

Llene el informe del accidente/declaración de lesiones: La mayoría de las compañías ferroviarias exigen que los empleados lesionados llenen y firmen inmediatamente un informe del accidente o una declaración de lesiones. Si no puede pensar con claridad o tiene demasiado dolor físico, no llene ni firme el informe/declaración. Puede hacerlo más tarde. Si otra persona prepara el informe del accidente/declaración de lesiones por usted, asegúrese de leerlo detenidamente y de que se registren las condiciones peligrosas, los equipos defectuosos o las acciones que causaron el accidente.

Sea breve en sus declaraciones y asegúrese de describir la negligencia de la empresa ferroviaria y/o todos los equipos defectuosos en el informe del accidente/declaración de lesiones: la FELA exige pruebas de que la empresa ferroviaria fue la responsable del accidente, por lo que es importante que explique detalladamente qué hizo mal la empresa ferroviaria o qué fallos había en sus instalaciones, herramientas y/o equipos.

Lea atentamente y responda las preguntas antes de firmar el informe/declaración de lesiones. Las preguntas suelen estar diseñadas para ayudar a la empresa ferroviaria a eludir su responsabilidad.

Guarde una copia del informe del accidente/declaración de lesiones y cualquier otro formulario que haya rellenado en relación con su lesión.

No firme ningún documento que no sea el Informe del accidente/Declaración de lesiones. El Informe del accidente/Declaración de lesiones es el único formulario que debe completar.

No haga ninguna declaración oral o escrita que no sea el Informe del accidente/Declaración de lesiones sin antes hablar con su abogado especializado en FELA. En su lugar, remita a todo el mundo al Informe del accidente/Declaración de lesiones.

Los abogados de Hall & Lampros han recuperado decenas de millones de dólares en nombre de trabajadores ferroviarios lesionados en virtud de la Ley Federal de Responsabilidad Civil del Empleador (FELA) en Georgia, Tennessee, Florida, Virginia Occidental, Alabama, Carolina del Norte, Carolina del Sur, Virginia y Kentucky. Para evaluar su caso, llame o envíe un mensaje de texto al 404-876-8100 ahora o complete un formulario de admisión en nuestro página de contacto ¡y te llamaremos!